DEPÓSITOS BANCARIOS
¿Cómo Contrato un Deposito Bancario?

APERTURA DE UN DEPOSITO BANCARIO

Antes de contratar, la entidad deberá facilitarnos de forma gratuita la información necesaria para poder comparar ofertas y tomar una decisión informada.

Cuando acudimos a una entidad para solicitar información sobre un depósito, deberán explicarnos sus condiciones y entregarnos, de forma gratuita, información clara, oportuna y suficiente, objetiva y no engañosa con la suficiente antelación y siempre antes de firmar el contrato.

La apertura del depósito a plazo se realiza con la formalización del contrato, del que la entidad nos deberá entregar una copia si se solicita. La información precontractual, deberá incluir, como mínimo el siguiente contenido:

  • La TIN y TAE.
  • La duración del contrato y las condiciones para su prórroga, si esta existiera.
  • La periodicidad y fechas del devengo y liquidación de intereses; la fórmula o métodos de liquidación utilizados.
  • Todas las comisiones o gastos que el banco nos pueda cobrar y en particular, la comisión o penalización que pagaríamos si se nos permite cancelar el depósito anticipadamente.
  • La retribución ofrecida y la posibilidad de que el banco lo condicione a la contratación de otros servicios.
  • El fondo de garantía de depósitos al que esté adherida la entidad.

Una vez firmado el contrato, si el banco quiere modificar las condiciones, deberá comunicarlo con un plazo de antelación mínimo de un mes y de manera individualizada (no lo puede incluir en el documento de las liquidaciones).

prev
next