La contratación de un préstamo personal lleva consigo una serie de gastos que conviene estudiar antes de decidirse por una oferta.
Las comisiones más habituales son:
Al inicio de la contratación:
Esta comisión, es la que se suele pagar a la entidad por las gestiones administrativas realizadas en la formalización del préstamo. Suele ser un porcentaje sobre la cuantía del préstamo.
Esta comisión, es la que se suele pagar a la entidad por el estudio o análisis de los riesgos de una operación. Suele ser un porcentaje sobre el importe de la operación, con un mínimo.
Durante la vida del préstamo, y si están previstas en el contrato, se puede dar el cobro de:
Para los créditos y préstamos a consumidores sujetos a la Ley 16/2011, de contratos de crédito al consumo, para cancelaciones anticipadas la entidad podrá cobrar: