CUENTAS BANCARIAS
¿Está seguro nuestro dinero en el Banco?
  • Depósitos Garantizados

Los depósitos de las cuentas corrientes inferiores a 100.000€ por titular y entidad, están asegurados por el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD). Por importes superiores ya dejan de estarlo.

La garantía se aplicará por depositante, sea persona física o jurídica y cualquiera que sea el número y clase de depósitos garantizados en que figure como titular en la misma entidad. Dicho límite se aplicará también a los depositantes titulares de depósitos por importes superiores al máximo garantizado.

Además, el FGD tiene por objeto realizar actuaciones que refuercen la solvencia y funcionamiento de una entidad en dificultades, en defensa de los intereses de los depositantes y del propio Fondo.

Es importante, conocer antes de abrir una cuenta bancaria o deposito, si la entidad está avalada o no por algún FGD reconocido.

 

  •   Pago de los importes garantizados

Los FGD, previas las comprobaciones oportunas, procederá al pago del importe de los depósitos garantizados en el plazo de tres meses. El FGD se dirigirá individualmente a cada depositante a efectos de proceder al pago de los importes garantizados, en las condiciones establecidas por la legislación vigente.

  • Depósitos por importes superiores al límite garantizado

Los titulares de cuentas bancarias por importe superior al límite garantizado continuarán en su condición de acreedores ordinarios de la entidad, por el importe no recuperado del FGD, hasta que se solventen las causas que dieran lugar a la entrada en funcionamiento del sistema de garantía, o bien a resultas de lo que se establezca en el convenio de acreedores o en la liquidación de la entidad, dentro del correspondiente procedimiento concursal.

prev
next