Los préstamos personales o de crédito al consumo se formalizan en un contrato en el que de manera exhaustiva, clara y precisa debe contener, entre otros datos los siguientes:
En el caso de Crédito al Consumo, como información precontractual la entidad financiera deberá entregar «con la suficiente antelación» un formulario estándar denominado “Información normalizada europea sobre el crédito al consumo” «INE».