PRÉSTAMO CRÉDITO
¿Qué información debe contener un contrato de préstamo?

Los préstamos personales o de crédito al consumo se formalizan en un contrato en el que de manera exhaustiva, clara y precisa debe contener, entre otros datos los siguientes:

  • Tipo de Crédito
  • Contratantes
  • Duración del contrato
  • Importe total del crédito y Condiciones de Disposición
  • Tipo deudor y condiciones de aplicación
  • TAE
  • Importe, número y periodicidad de los pagos que deberá realizar el consumidor
  • Gastos de mantenimiento de la cuenta vinculada al crédito
  • Gastos asociados a los medios de pago vinculados al préstamo
  • Tipo interés de demora
  • Consecuencias en caso de impago
  • Comisiones
  • Derecho de Desistimiento
  • Reembolso anticipado
  • etc.

En el caso de Crédito al Consumo, como información precontractual la entidad financiera deberá entregar «con la suficiente antelación» un formulario estándar denominado “Información normalizada europea sobre el crédito al consumo” «INE».

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