El prestatario debe fijar su atención en el tipo de interés total aplicable, que se obtiene de la suma del índice de referencia y del diferencial establecido. Así, aunque un índice de referencia sea inferior a otro existente en el mercado, podría ser que el diferencial añadido por la entidad prestamista al emplearse este último fuera mayor, quedando neutralizada la diferencia.
Finalmente, a la hora de elegir entre índices, el prestatario deberá valorar cuál de los índices propuestos presenta una mayor estabilidad a lo largo del tiempo, es decir, cuál presenta menos oscilaciones.