Para que las entidades bloqueen las cuentas de sus clientes, será necesario una autorización judicial, o que todos los titulares estén de acuerdo o por causas justificadas, en cualquier caso, las entidades deberán informar al cliente. Algunas causas de bloqueo podrían ser, la falta de entrega de documentación requerida, por exigencias derivadas del cumplimiento de la normativa de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo o por existir discrepancias entre los cotitulares que hicieran inviable la continuidad de su operativa.