HIPOTECAS
¿Qué es la Subrogación Hipotecaria Acreedora?

Si se desea mejorar las condiciones de una hipoteca y nuestra entidad financiera no lo permite, siempre se puede cambiar la Hipoteca de entidad. Este cambio se llama “subrogación acreedora”.

¿Cómo funciona la subrogación acreedora?

  • La nueva entidad hace una oferta vinculante detallando las condiciones que ofrece.
  • A continuación, se pone en contacto con la antigua entidad para informarles y solicitar que le certifiquen el saldo pendiente del préstamo.
  • La antigua entidad tiene un plazo de siete días para emitir este certificado y quince días para igualar o mejorar las nuevas condiciones de interés ofrecidas por la nueva entidad (en cuyo caso –incluso igualando- no continuaría el proceso de subrogación).
  • Si la antigua entidad no asume las nuevas condiciones o no emite la certificación de saldo en siete días, se procede a otorgar una escritura pública de subrogación del préstamo hipotecario.
  • Mediante esta escritura la nueva entidad asume la propiedad de la hipoteca y transfiere a la entidad subrogada (antigua) el importe correspondiente al capital pendiente.

En una subrogación acreedora se puede modificar el tipo de interés aplicable, el plazo del préstamo, o ambos. Si se desea modificar otras condiciones adicionales, se puede pactar de antemano con el banco una novación que se realizaría una vez se haya subrogado la hipoteca.

Los gastos asociados a la subrogación de una hipoteca son superiores a los de la novación, pero muy inferiores a los de la formalización de una hipoteca nueva. Si en la escritura figura acordado ese concepto, se debe pagar una comisión de cancelación a la antigua entidad, así como los gastos notariales, registrales y de gestión de la escritura de subrogación, pero son mucho menores que los de una hipoteca nueva.

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